FACE plantea al Parlamento Europeo el problema con el nuevo Reglamento

Debido a que los únicos que pueden paralizar o modificar el Reglamento de Ejecución n.º 828/2014 son los que lo aprobaron, es decir, los organismos europeos, desde ACERI (Asociación de Celiacos de la Rioja) con la colaboración de FACE, se pusieron en contacto con una europarlamentaria española, para seguir los trámites necesarios para la modificación o anulación del mismo.
 
A finales de mayo, y siguiendo el trámite establecido, se presentó la siguiente pregunta ante la comisión que aprobó el reglamento. No se pudo desarrollar más ya que el máximo de palabras permitidas es de 200.
 
El próximo 20 de Julio entrará en vigor el Reglamento de Ejecución n.º 828/2014 relativo a los requisitos para la trasmisión de información a consumidores sobre la ausencia o la presencia reducida de gluten en los alimentos. El artículo 3 dispone que la información alimentaria para los consumidores podrá ir acompañada de las declaraciones "adecuado para las personas con intolerancia al gluten" o "adecuado para celiacos". Igualmente podrá ir acompañada de  "elaborado específicamente para personas con intolerancia al gluten" o "elaborado específicamente para celiacos".  Así mismo el anexo establece que la declaración "sin gluten" se emplea para alimentos que no contengan más de 20 mg/Kg y "muy bajo en gluten" para aquellos que no contengan más de 100 mg/kg.  Parece probado científicamente que  las personas celiacas y/o intolerantes  pueden consumir hasta 20 mg/kg de gluten sin que ello afecte a su sistema inmunitario.
 
¿No considera la Comisión Europea que acompañar a un producto entre 20 y 100 mg/Kg de gluten “muy bajo en gluten” con las menciones “EL
 
​A​BORADO ESPECIALMENTE PARA PERSONAS CELIACAS” puede generar confusión y riesgos para el consumidor celiaco, y más  aún sobre el celiaco recién diagnosticado?
¿No debería replantearse la Comisión Europea cambiar o dejar sin efecto esta normativa que puede acarrear un problema de salud pública para las personas celiacas?
 
La respuesta de la Comisión fue la siguiente
 
ES
 
P-004286/2016
 
Respuesta del Sr. Andriukaitis
 
​ ​en nombre de la Comisión​ ​(24.6.2016)
El Reglamento (CE) n.º 41/2009  regula el uso de las menciones «sin gluten» y «muy bajo en gluten» en la UE. Si bien la mención «sin gluten» puede utilizarse en los alimentos con un contenido máximo de gluten de 20 mg/kg, la mención «muy bajo en gluten» solo puede utilizarse en alimentos producidos a partir de ingredientes que contienen gluten y han sido procesados de forma especial para reducir el contenido de gluten a un máximo de 100 mg/kg.
 
Los requisitos que impone la legislación tienen por objeto garantizar que los consumidores puedan encontrar en el mercado una variedad de productos con diferentes niveles reducidos de gluten adecuados para sus necesidades y su sensibilidad. Tales requisitos están basados en la consideración científica de que las personas con intolerancia al gluten pueden tolerar pequeñas cantidades variables de esta proteína y, asimismo, tienen en cuenta que la eliminación del gluten de los cereales que lo contienen entraña considerables dificultades técnicas y costes económicos.
 
El Reglamento (UE) n.º 828/2014  transfiere las normas del Reglamento (CE) n.º 41/2009 al marco del Reglamento (UE) n.º 1169/201
 
​,​, según lo acordado por el Parlamento Europeo y el Consejo durante las negociaciones sobre el Reglamento (UE) n.º 609/2013 . La posibilidad de utilizar la mención «elaborado específicamente para personas con intolerancia al gluten / celiacos» responde a la petición específica de los colegisladores de garantizar que los consumidores con intolerancia al gluten sean informados de la diferencia entre alimentos que no contienen gluten de forma natural y los alimentos elaborados específicamente para ellos.
 
La Comisión considera que esto garantiza una información adecuada a los consumidores con intolerancia al gluten sobre los diferentes productos que tienen a su disposición. En vista de lo anterior, la Comisión no considera necesario modificar la legislación o aclarar su interpretación.
 
Esta contestación no soluciona el problema es simplemente una transcripción del texto que ya viene en el reglamento y deja al colectivo celiaco en el mismo punto que estaba, vendido ante etiquetados confusos e irreales que juegan con la salud del consumidor celiaco.
 
El siguiente paso es presentar una petición ante la Comisión de Peticiones con una denuncia formal. FACE y sus asociaciones miembros van a trabajar desde hoy mismo para redactar este documento e intentar solucionar cuanto antes este problema que nos genera la implantación de este nuevo reglamento que vuelve a dar información confusa y errónea sobre productos específicos para personas celiacas.
 
Por el momento lo único que podemos hacer es informar a los consumidores de este problema para que no consuman productos con la leyenda “muy bajo en gluten” que pueden afectar a su salud. Necesitamos que todos difundáis estas noticias para que lleguen al mayor número de personas celiacas posibles.
 

Aprobada por unanimidad Moción presentada para establecer medidas de desarrollo, bienestar social e igualdad a favor de las personas celíacas y su entorno

Esta mañana, 1 de julio de 2016, ha sido aprobada por unanimidad la moción presentada por los Grupos Políticos Nueva Canarias NCFA, Socialista PSC-PSOE y Podemos para apoyar al colectivo celíaco. En este enlace podrá acceder a toda la información y al pdf con el Orden del Día de la sesión ordinaria del Pleno del Cabildo de Gran Canaria con fecha 1 de julio de 2016.
 
 

FACE y sus asociaciones miembros visitan una fábrica de pizzas sin gluten

Los días 22 y 23 las empresas Mercadona y Casa Tarradellas invitaron a FACE y a sus asociaciones miembros a comprobar el proceso productivo de las pizzas sin gluten en la planta de Casa Tarradellas situada en Gurb (Barcelona).
 
En ella se pudo comprobar cómo seleccionan los ingredientes, cómo se elaboran las pizzas y sus estrictos controles de presencia de gluten desde las materias primas hasta el producto final. Además entre cada producción se realizan rigurosos procesos de limpieza, evitando cualquier problema derivado de la presencia de residuos.
 
Estas pizzas contienen almidón de trigo modificado, para estar por debajo de las 3 ppm. Por tanto, serían aptas para celiacos pero no para aquellas personas que presenten sensibilidad o alergia al trigo. Casa Tarradellas tiene varias plantas de producción alimentaria, entre las cuales se encuentra la fábrica exclusiva para pizzas sin gluten, haciendo prácticamente imposible la contaminación cruzada.
 
Por último tuvimos la oportunidad de degustar pizzas sin gluten, comprobando que sus propiedades organolépticas (sabor, textura, olor, etc.) eran muy similares a sus homólogas con gluten.
 

Presencia de gluten no declarado en el etiquetado de harina de arroz integral

La Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición ha tenido conocimiento en fecha 24 de junio de 2016, a través del Sistema Coordinado de Intercambio Rápido de Información (SCIRI), de la notificación realizada por las Autoridades Competentes de la Comunidad Autónoma de Valencia, relativa a la presencia de gluten no declarado en el etiquetado de HARINA DE ARROZ INTEGRAL procedente de España.
 
El producto afectado es Harina de arroz integral “sin gluten”, lote número 08J/16 procedente de la empresa MOLINO DE LA GAMBA, S.L. sita en Alboraya (Valencia). El producto ha sido fabricado en la Comunidad Autónoma de Valencia y se ha distribuido a las Comunidad Autónoma de Navarra.
 
Por parte de la Agencia, se ha procedido a informar de estos hechos a todas las Autoridades Competentes de las Comunidades Autónomas, a través de la Red de Alerta Alimentaria nacional (SCIRI).
 
Como medida de precaución, se recomienda a aquellos consumidores celiacos e intolerantes al gluten que pudieran tener el producto anteriormente mencionado en sus hogares que se abstengan de consumirlo.
 
Asimismo, se indica que el consumo de estos productos no comporta ningún riesgo para el resto de consumidores.
 
Fuente: AECOSAN
 

Encuesta Defensor del Pueblo #MovimientoCelíaco

El Defensor del Pueblo nos ha enviado esta encuesta para que todos participen. Por favor, nos gustaría que el mayor número de personas respondieran sus preguntas.
Defensor del Pueblo
Estimados amigos:
 
Como probablemente ya conozcan, la institución del Defensor del Pueblo ha creído oportuno llevar a cabo un estudio sobre el impacto de la enfermedad celiaca en España y la respuesta que las Administraciones públicas ofrecen para atender las dificultades de personas celiacas.
 
Tras solicitar información a las distintas administraciones competentes, la institución desea contar con la participación de expertos y profesionales de diversos ámbitos que mejor conocen las implicaciones de la celiaquía, la de las propias administraciones y, sobre todo, la de los afectados y los grupos y asociaciones en que éstos se integran. Con este fin se llevarán a cabo en fechas próximas, reuniones para obtener información sobre las principales cuestiones objeto de este estudio.
 
Previamente, el Defensor del Pueblo quiere conocer de primera mano las preocupaciones y las prioridades de las personas celiacas. Para ello se ha diseñado una sencilla ENCUESTA en línea, pensada para que todo aquel que lo desee pueda aportar su propia experiencia y opinión.
 
Con el fin de lograr una amplia difusión y el mayor número posible de respuestas, nos dirigimos a su organización, conscientes de que son las asociaciones y entidades vinculadas a la defensa de los intereses de los celiacos quienes más certeramente pueden llevar a cabo esta tarea.
 
Les agradeceríamos enormemente que pudieran dar a conocer la encuesta, alojada en el siguiente enlace Web:
 
 
Si tienen alguna pregunta o sugerencia que deseen trasladarnos sobre este asunto, puede ponerse en contacto con nosotros en el correo electrónico:
 
estudio.celiacos@defensordelpueblo.es
 
 
Un cordial saludo,
 
Soledad Becerril
Defensora del Pueblo
 

27 de Mayo, Día Nacional del Celíaco

Hoy es el Día Nacional del Celíaco y queremos unirnos a FACE para reivindicar el derecho de todos los celíacos a poder adquirir los productos especiales sin gluten a un precio justo, no abusivo. La dieta sin gluten para el celíaco no es una elección es su tratamiento.